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Declaración de obra nueva y división horizontal.
Observaciones: Aunque todos los pisos tienen descripciones
diferentes se ha considerado que describir los pisos que constituyen la
división horizontal indica, mediante un ejemplo, los elementos que es necesario
describir para que dicha descripción sea correcta. Las normas de comunidad
pueden ser éstas u otras. Las incluidas como ejemplo son bastante comunes. En
el ejemplo hay un menor representado; éste, a partir de los 16 años puede, con
el consentimiento de los padres, vender su participación indivisa sin más
requisitos. En este ejemplo la propiedad de cada elemento permanece indiviso;
en otro ejemplo podría añadirse otra cláusula con las adjudicaciones de las
fincas resultantes de la división horizontal a cada otorgante.
NUMERO
DECLARACION DE OBRA NUEVA Y DIVISION EN REGIMEN DE PROPIEDAD
HORIZONTAL.
En *, mi residencia, a
Ante mí, *, Notario del Ilustre Colegio de *,
COMPARECEN:
Los esposos en régimen de separación de bienes DON * y DOÑA *
DOÑA *.
Y DON *.
INTERVIENEN en su propio nombre y derecho y los dos primeros,
además, en nombre y representación de su hijo, menor de edad y sujeto a su
patria potestad, *, de * años de edad, de su misma vecindad y domicilio, con D.N.I.
y N.I.F. número *.
Les conozco y tienen a mi juicio, según intervienen, la capacidad
legal necesaria para este otorgamiento, con cuya finalidad,
EXPONEN:
I.- Que * son dueños por el título y en la proporción que se dirá
, de la siguiente finca URBANA:
***<Descripción completa del solar o la antigua
construcción>***
TITULO.- Les pertenece por **cuartas partes (en este caso)** por **<título adquisitivo>**, según
escritura otorgada en * el día * ante el Notario D**.
INSCRIPCION.- Tomo *, libro * de *, sección *, folio *, finca *,
inscripción *, del Registro de la Propiedad de * número *.
CARGAS, GRAVAMENES Y ARRENDAMIENTOS: Libre de ellas y ellos,
dicen. Yo el Notario, hago la advertencia prevenida en el
artículo 175 del Reglamento Notarial.
SITUACION CATASTRAL.- Los otorgantes me entregan, en cumplimiento
de lo preceptuado por la Ley 13/1996, de 30 de Diciembre,
de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, el recibo
del I.B.I. de la expresada finca, que, por fotocopia, que legitimo, incorporo a
esta matriz.
Su valor:
II.- Que, ***previo derribo de la construcción existente***, en la
finca descrita, previas las pertinentes licencias y autorizaciones
administrativas, los otorgantes han construido un edificio con la siguiente
descripción:
URBANA.- ***<descripción completa.>***
Se valora la obra nueva declarada en la cantidad de *
III.- Que siendo las entidades que integran el edificio descrito
susceptibles de propiedad y aprovechamiento independientes por tener salida a
la vía pública o a un elemento común del mismo, se constituye aquél en régimen
de propiedad horizontal formando las siguientes entidades separadas:
NUMERO UNO.- Local compuesto de planta baja y planta altillo que
forma parte del edificio sito en *, calle de *, señalada con el número 9, en la
ciudad de *. El local bajos izquierda y el altillo correspondiente tienen una
superficie útil de ochenta y cuatro metros, cincuenta y cinco dec¡metros
cuadrados y una superficie construida, incluida la parte proporcional de zona
común, de ciento nueve metros, treinta y dos decímetros cuadrados. Linda: por
el frente, tomando como tal la calle de *, con dicha calle; por la izquierda
con edificio de la calle de *, número *; por la derecha, con patio interior de
manzana; y por la derecha, en parte con local bajos derecha, y en parte con
rellano de escalera y patio de luces.
Coeficiente: * por cien.
NUMERO DOS.- Local compuesto de planta baja y planta altillo que
forma parte del mismo edificio. El local bajos derecha y el altillo
correspondiente tienen una superficie útil de noventa metros, treinta y dos
decímetros cuadrados y una superficie construida, incluida la parte
proporcional de zona común, de ciento dieciséis metros, setenta y ocho
decímetros cuadrados. Linda: por el frente, tomando como tal la calle de *, con
dicha calle; por la izquierda, en parte con local bajos izquierda y en parte
con rellano de escalera y patio de luces; por el fondo, con patio interior de
manzana; y por la derecha, con edificio de la calle de *, número *.
Coeficiente: * por ciento.
NUMERO TRES.- Piso primero, puerta primera (izquierda), que forma
parte del mismo edificio. Tiene una superficie útil de cincuenta metros,
dieciseis decímetros cuadrados y una superficie construida incluida la parte
proporcional de zona común de sesenta y cuatro metros, ochenta y seis
decímetros cuadrados. Linda: por el frente, tomando como tal la puerta de
entrada, en parte con rellano y caja de la escalera, y en parte con piso puerta
segunda de la escalera; por el fondo, con edificio de la calle de *, número *;
por la derecha, con vuelo de patio interior de manzana; y por la izquierda, con
vuelo de la calle de *.
Coeficiente: * por ciento.
NUMERO CUATRO.- Piso primero, puerta segunda (derecha), que forma
parte del mismo edificio. Tiene una superficie útil de cuarenta y nueve metros,
diez decímetros cuadrados y una superficie construida incluida la parte
proporcional de zona común de sesenta y tres metros, cuarenta y nueve
decímetros cuadrados. Linda: por el frente, tomando como tal la puerta de
entrada, en parte con rellano y caja de la escalera, y en parte con piso puerta
primera de la escalera; por el fondo, con edificio de la calle de *, número *;
por la derecha, con vuelo de la calle de *; y por la izquierda, con vuelo de
patio interior de manzana.
Coeficiente: * por ciento.
NUMERO CINCO.- Piso segundo, puerta primera (izquierda), que forma
parte del mismo edificio. Tiene una superficie útil de cincuenta metros, dieciséis
decímetros cuadrados y una superficie construida incluida la parte proporcional
de zona común de sesenta y cuatro metros, ochenta y seis decímetros cuadrados.
Linda: por el frente, tomando como tal la puerta de entrada, en parte con
rellano y caja de la escalera, y en parte con piso puerta segunda de la escalera;
por el fondo, con edificio de la calle de San Nicolás, número *; por la
derecha, con vuelo de patio interior de manzana; y por la izquierda, con vuelo
de la calle de San Nicolás.
Coeficiente: * por ciento.
NUMERO SEIS.- Piso segundo, puerta segunda (derecha), que forma
parte del mismo edificio. Tiene una superficie útil de cuarenta y nueve metros,
diez decímetros cuadrados y una superficie construida incluida la parte
proporcional de zona común de sesenta y tres metros, cuarenta y nueve
decímetros cuadrados. Linda: por el frente, tomando como tal la puerta de
entrada, en parte con rellano y caja de la escalera, y en parte con piso puerta
segunda de la escalera; por el fondo, con edificio de la calle de *, número *;
por la derecha, con vuelo de patio interior de manzana; y por la izquierda, con
vuelo de la calle de *.
Coeficiente: * por ciento.
REGIMEN DE COMUNIDAD.- La propiedad horizontal declarada se
regir por las normas contenidas en el
artículo 396 del Código Civil, la Ley de Propiedad Horizontal de 21 de julio de
1.960, y demás concordantes y complementarias, salvas las siguientes reglas:
1.- Son elementos comunes el vestíbulo, la escalera y rellanos, el
cuarto de contadores de agua, luz y gas, el ascensor, el terrado, los desagües
e instalaciones comunes y la antena de televisión.
2.- El o los propietarios de los locales comerciales podrán, sin
consentimiento de la Junta de Propietarios, realizar en ellos operaciones de
segregación, división -incluso horizontal-, agregación o agrupación (incluso con
locales de otros edificios), dividiendo o agrupando, en su caso, entre los
resultantes, las cuotas de los de procedencia.
También podrá destinarlos a vivienda, siempre que se obtengan las
autorizaciones administrativas correspondientes, sin
consentimiento de la Junta de Propietarios.
3.- El o los propietarios de los locales comerciales podrán
instalar, en la fachada de los locales, rótulos o anuncios relativos a su
negocio.
4.- La utilización de la azotea queda reservada al o los
propietarios de los pisos situados en la planta segunda del edificio, siendo de
su cargo la limpieza y reparación ordinaria de la misma.
5.- Los propietarios actuales se reservan el derecho de vuelo del
edificio que podrán ejercitar si las ordenanzas municipales lo permitieran.
6.- A los titulares de los pisos situados en la segunda planta del
edificio, puertas primera y segunda les corresponden como anejos los cuartos
trasteros situados en la terraza del edificio, señalados con los números uno y
dos, respectivamente.
IV.- Que, por virtud de todo lo anteriormente expuesto, los
señores comparecientes, según intervienen,
OTORGAN:
PRIMERO.- Que declaran construida la obra nueva especificada en el
expositivo II anterior, la dividen horizontalmente en el modo hecho constar en el
III, con sus Estatutos que aparecen en el mismo, solicitando del señor
Registrador de la Propiedad competente la inscripción en los Libros a su cargo
de cuantas operaciones se contienen en el presente instrumento público.
SEGUNDO.- Que los señores comparecientes, a los efectos de lo
dispuesto en la (en Cataluña) Llei de l'Habitatge de la Generalitat de
Catalunya, de fecha 29 de noviembre de 1.991, me entregan permiso para
edificar, expedido por el Excelentísimo Ayuntamiento de Barcelona, con fecha
**, así como certificado del Arquitecto Director de la obra don **, de fecha
**, acreditativo de que la obra se ha desarrollado según el proyecto para el
que se obtuvo licencia; además a los efectos de lo dispuesto en el Real Decreto
1.093/97, de 4 de julio, por el que se aprueban las normas complementarias al
Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción en el
Registro de la Propiedad de actos de Naturaleza Urbanística, me entregan
certificado emitido por dicho Arquitecto, de fecha **, cuya firma considero
legítima; todos los expresados documentos quedan protocolizados con esta
matriz, por fotocopia, que legitimo.
ASI LO OTORGAN. Hechas las reservas y advertencias legales, en
especial las de las vigentes leyes fiscales, consistentes en la obligación de presentar
esta escritura a liquidación dentro del plazo de treinta días hábiles y las
responsabilidades en que incurren en caso de no efectuarla, así como la de
quedar los bienes afectos al pago del impuesto correspondiente.
Leída por mí la presente a su elección, advertidos del derecho que
les asiste a leerla por sí, lo renuncian. La encuentran conforme, se ratifican
y firman.
De cuanto se contiene en este instrumento público extendido en
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